Funciones del Rectorado

De la Rectora o RectorArtículo 21. La Rectora o Rector es el vocero principal del Consejo Universitario y es quien ejerce la representación legal de la Universidad.Para ser Rectora o Rector se requiere ser venezolana o venezolano, de reconocido compromiso y responsabilidad social con los principios fundamentales de la República y de la educación, de trayectoria universitaria, sólida solvencia moral y profesional en el ejercicio de funciones docentes y de investigación en instituciones de educación universitaria y tener reconocida experiencia en materia de prevención y seguridad ciudadana y cualquier otro requisito exigido por la ley o reglamento que se dictare a tales efectos.

 

Atribuciones de la Rectora o el Rector

 

Artículo 22. La Rectora o el Rector tendrá las siguientes atribuciones:

1. Velar por el cumplimiento de las funciones, los objetivos y los principios sustantivos de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad, orientados hacia la construcción del Socialismo Bolivariano.

2. Presidir el Consejo Universitario y ejecutar sus acuerdos.

3. Presentar al Consejo Universitario para su aprobación el proyecto de Plan de Desarrollo Institucional, Plan Operativo Anual y el Proyecto de Presupuesto Anual, elaborados de conformidad con lo dispuesto por las leyes que rigen la materia y este reglamento, garantizar el cumplimiento de estos.

4. Dirigir en nombre del Consejo Universitario y garantizar el normal desarrollo de las actividades de la Universidad, con criterio de calidad y pertinencia social.

5. Coordinar y garantizar el trabajo articulado e integrado entre las Vicerrectoras y los Vicerrectores de Desarrollo Académico, Creación Intelectual – Vinculación Social, con las direcciones de apoyo y las directoras y directores de Centros de Formación.

6. Designar, expedir los nombramientos y remover a las Vicerrectoras, Vicerrectores, la Secretaria o Secretario y a las Directoras o Directores de los Centros de Formación, previa consulta con el Consejo Universitario.

7. Presidir las reuniones de las Directoras y los Directores de los Centros de Formación de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad.

8. Aprobar el régimen especial en materia académica, administrativa y de gestión de talento humano de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad.

9. Ser la máxima autoridad en materia de gestión de talento humano, en consecuencia podrá designar y remover a los responsables de las diferentes direcciones de apoyo, así como el personal docente y de investigación, administrativo y obrero de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad e informar oportunamente al Consejo Universitario. El Reglamento interno que se dicte en materia de gestión de Talento Humano, señalará taxativamente los cargos de libre nombramiento y remoción de dirección y de confianza.

10. Conferir los títulos y grados y expedir los certificados que otorgue la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad, previo cumplimiento de los requisitos académicos y jurídicos establecidos.

11. Someter a la consideración del Consejo Universitario el proyecto para la creación de instancias que mejoren el funcionamiento académico, administrativo y los servicios de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad.

12. Adoptar, de acuerdo con el Consejo Universitario, las providencias convenientes para la conservación del orden y la disciplina de la Universidad. En caso de emergencia, podrá tomar las medidas que juzgue convenientes.

13. Velar por la correcta administración del patrimonio de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad conforme a las leyes, reglamentos y demás actos normativos.

14. Suscribir convenios, contratación de personal, adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios en general que se requiera para el funcionamiento de la Universidad y de conformidad con la normativa que rige la materia.

15. Representar judicial y extrajudicialmente a la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad.

16. Designar entre una o uno de las Vicerrectoras o los Vicerrectores, a la Rectora interina o el Rector interino en caso de ausencia temporal de su titular.

17. Presentar para la consideración del Consejo Universitario la memoria y cuenta de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad.

18. Rendir cuentas permanente y oportunamente ante el Pueblo Soberano, el Consejo Universitario, los órganos competentes del Estado, los Ministerios del Poder Popular con competencia en materia de educación universitaria y seguridad ciudadana y la comunidad universitaria.

19. Las demás que señalen las leyes, reglamentos y demás actos normativos.

 

Funciones de la Dirección General del Rectorado

1. Cumplir y hacer cumplir las instrucciones que le imparta la Rectora o el Rector de la Universidad, facilitando el flujo de información a los Vicerrectorados, la Secretaría, Direcciones de Apoyo y Centros de Formación.

2. Apoyar a la Rectora o el Rector en la dirección, orientación, supervisión y control de las actividades propias de la Universidad.

3. Centralizar, organizar, sistematizar y presentar a la Rectora o al Rector, todos los asuntos que deban ser sometidos a su conocimiento y validación.

4. Coordinar las reuniones de trabajo, audiencias y demás actividades con la Rectora o el Rector, con el objeto de administrar la agenda de actividades.

5. Realizar seguimiento al Plan Operativo Estratégico, lineamientos de políticas, estrategias, programas y a los planes operativos de la Universidad, conforme a las instrucciones de la Rectora o el Rector.

6. Conocer y hacer seguimiento a todos los asuntos de interés para el Rectorado de la Universidad, con la finalidad de mantener informada o informado a la Rectora o al Rector de cualquier acción y/o proceso relevante en materia de sus competencias.

7. Dirigir, coordinar y supervisar las negociaciones y firmas de convenios en las áreas que se diagnostiquen como estratégicas y prioritarias para la Universidad con otros organismos nacionales, internacionales, públicos o privados.

8. Presidir las reuniones del Directorio, previa autorización de la Rectora o el Rector.

9. Preparar la agenda y presentación de puntos de cuenta, informes y rendición de cuentas de la Rectora o el Rector ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, y la Presidencia de la República.

10. Coordinar el sistema general de receptoría, registro, archivo y distribución de la correspondencia del Rectorado.

11. Coordinar y supervisar el proceso de emisión y recepción de documentos pertenecientes al Archivo de la Universidad, a fin de garantizar un control eficiente de los expedientes y documentos solicitados por las distintas dependencias de la institución.

12. Organizar, coordinar y ejecutar el protocolo a seguir en los actos y ceremonias en donde se requiera la presencia de la Rectora o el Rector.

13. Dictar las pautas a seguir para la atención protocolar de la Rectora o Rector en todos los eventos.

14. Dictar, coordinar y organizar pautas protocolares en la realización de eventos de la Universidad.

15. Coordinar el aseguramiento personal y la seguridad física de la Rectora o el Rector.

16. Coordinar, atender, apoyar, canalizar y realizar el seguimiento de las solicitudes y propuestas de las comunidades o grupos particulares, recibidos en la Universidad.

17. Coordinar planes de acción social referidos a las solicitudes y requerimientos realizados por las ciudadanas y los ciudadanos que acuden a la Universidad.

18. Dar contestación a solicitudes o requerimientos sobre asuntos cuya atención sea competencia de la Dirección General de Rectorado.

19. Certificar las copias de los documentos originales que reposen en los archivos de la Dirección General de Rectorado.

20. Las demás que señale el reglamento interno y demás actos normativos o le asigne la Rectora o el Rector

 
TIPS DE SEGURIDAD